ESTADÍSTICAS DE LOS INDICADORES DE CALIDAD
DE LOS ENLACES DE CONEXIÓN DE TRÁFICO INTERNET
CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA NORMA TÉCNICA DE RESOLUCIÓN N° 698 DE 30.06.00, DE LA SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES.
(Publicación en el D.O. N° 36.706 de 06.07.2000)
Subsecretaría de
Telecomunicaciones



Condiciones Técnicas para la Interconexión

Los requerimientos mínimos necesarios para conectarse al PIT Entel son las siguientes:

1. El PIT está destinado a ofrecer conectividad entre ISP (Internet Service Provider), por lo tanto pueden acceder a él todas las empresas que provean acceso a Internet en el territorio nacional, de acuerdo a las condiciones técnicas y comerciales que se definen.

2. El PIT Entel ofrece las siguientes modalidades de conexión:

3. El acceso al PIT Entel será de responsabilidad de cada ISP, de acuerdo a los tipos de conexión descritos en el punto anterior.

Se define como punto de recepción físico de los enlaces de interconexión:

4. El cliente ISP deberá identificarse a través de los siguientes parámetros: